NAVIGATOR toma muy en serio la seguridad de sus datos y nuestra infraestructura. Nos comprometemos a proporcionar un entorno que sea seguro y esté disponible para todos nuestros clientes.
“Luis Alvarez y Oscar del Cid Copropiedad” es una entidad guatemalteca, legalmente constituida conforme a las leyes de la República de Guatemala, debidamente inscrita en el Registro Mercantil bajo el número de Registro 780075, Folio 352 del Libro 776 de Empresas Mercantiles, con domicilio en Ciudad de Mixco, departamento Guatemala con número de identificación tributaria 9974151-2 y se encuentra representada por la persona consignada en la Sección II del presente contrato y el CLIENTE representada en la Sección I.
La compañía Luis Alvarez y Oscar del Cid Copropiedad, en adelante NAVIGATOR y el usuario en adelante “EL CLIENTE”, a través del presente contrato convienen las siguientes clausulas.
PRIMERA. EL CLIENTE, requiere y contrata a NAVIGATOR para que esta: a) brinde y preste el servicio de localización de equipos y/o dispositivos de ubicación y/o localización instalados o portados en bienes y/o personas que puedan ser identificados por EL CLIENTE de acuerdo a lo indicado en el Anexo “B” de este contrato, durante la vigencia del mismo, que iniciará a partir del momento en el que el equipo se encuentre instalado y funcionando donde indique EL CLIENTE. b) Prestar el servicio de programación, mantenimiento preventivo, correctivo y reparación de los dispositivos, estos servicios generan un costo el cual deberá ser cancelado por EL CLIENTE, como se establece en este contrato. c) Cumpla con la garantía del equipo especificado en el Anexo “B” cubriendo las fallas o defectos de fabricación hasta por un año o de su instalación durante los primeros tres meses. d) dar a EL CLIENTE reportes históricos de las ubicaciones de los dispositivos según lo permita el sistema y el equipo. Para efectos de este contrato se hace constar que el equipo de localización que EL CLIENTE ha adquirido y usará para este contrato es en la modalidad que se indica en el Anexo “A” (propio, arrendado, arrendado con opción a compra). A conveniencia de EL CLIENTE podrá solicitar un nuevo y distinto equipo por mejora en tecnología dentro del plazo del contrato, debiendo pagar el o los montos necesarios para solicitar dicho cambio y además deberá estar al día con sus pagos derivados de este contrato y/o sus prorrogas. El servicio de localización pactado y contratado será prestado según lo especificado en el Anexo “A”, donde se determina el área y los países que sea requeridos (Guatemala, El Salvador y Honduras, se puede añadir otras áreas o países) el servicio se podrá prestar, sin embargo, dependerá del servicio telefónico que se pueda utilizar, y así, el cliente autoriza a NAVIGATOR exonerándola de toda responsabilidad, para contratar los servicios de telecomunicación celular o cualquier otro proveedor de servicio telefónico necesario para la prestación del servicio de localización y monitoreo, siendo responsable EL CLIENTE, pago del servicio, cobro extra, excesos, recargos y cualquier otro. A la vez, EL CLIENTE es responsable del mal uso, excesos y conocimiento de la ubicación del dispositivo de localización, para distintos fines, contrarios a los designados en este contrato, que se le dé al equipo, sus accesorios y partes, incluido, pero no limitado al SIM (Subscriber Identity Module – Modulo de Identificación del Suscriptor) de la unidad de localización. La SIM es propiedad de NAVIGATOR y está en calidad de depósito mientras se encuentre instalado en el equipo de localización. Los equipos de ubicación serán instalados y/o entregados en la sede y por el personal de NAVIGATOR. Podrá hacerse en otro lugar distinto siempre y cuando cumpla con las condiciones necesarias para el trabajo, (energía eléctrica, techado, seguridad y privacidad), debiendo el cliente correr con los gastos extras y toda consecuencia o daños al no cumplir dicho lugar o con las condiciones necesarias para realizar los trabajos técnicos descritos anteriormente.
Es entendido y aceptado por las partes que NAVIGATOR no tiene la obligación de recuperar el bien o persona donde se instale el dispositivo de localización, objeto del contrato, en caso de robo o hurto del mismo, ya que su compromiso y obligación es el de realizar el rastreo del equipo o dispositivo, con el fin de localizarlo y notificar a EL CLIENTE o autoridad competente, según el cliente lo indique, sobre su ubicación para facilitar su recuperación. Este sistema y los servicios contratados buscan minimizar o reducir el riesgo de pérdida de personas o bienes. Fin de este contrato y sus servicios. Tampoco queda NAVIGATOR, obligada a indemnizar en ninguna forma, a EL CLIENTE o usuario del servicio en caso de robo, hurto o cualquier otra eventualidad que suponga pérdida total o parcial de bienes, personas u objetos donde se han instalado equipos de localización, por no ser este servicio, un contrato de seguro, de garantía, sistema de reposición o de indemnización.
SEGUNDA. I) La vigencia del presente contrato, se regirá conforme lo establecido en el Anexo “A”, sin embargo, la ampliación del mismo se realizará automáticamente una vez por año, excepto que una de las partes notifique a la otra, sobre la terminación de este, con treinta días de anticipación antes del vencimiento.
II) EL CLIENTE pagará el servicio de ubicación y monitoreo, la cantidad indicada en el Anexo “A” y en dólares de los Estados Unidos de América, según la forma y modalidad acordada, convenida y no modificable.
III) Además de las cuotas por el servicio de monitoreo, EL CLIENTE debe pagar por los servicios extras elegidos según se detallan en el Anexo “D” (No existe anexo D) (cuando aplique) de este contrato.
IV) EL CLIENTE: a) permitirá el acceso del personal de NAVIGATOR para realizar trabajos de instalación, revisión y mantenimiento de los equipos de localización instalados; b) debe reportar a NAVIGATOR, cualquier anomalía o falla en el servicio mediante los siguientes medios: carta la cual podrá ser enviada por scanner, correo electrónico o correo postal, c) dará asistencia y colaboración necesaria a NAVIGATOR para realizar pruebas y diagnósticos, locales o remotos, con el objeto de restablecer o mejorar el servicio; d) debe dar aviso o solicitar inmediatamente el seguimiento adecuando a cualquier situación que implique monitorear la ubicación de los equipos instalados, a los teléfonos o demás sistemas con los mecanismos que NAVIGATOR le haya indicado o comunicado; e) proporcionará un mantenimiento anual al equipo de localización, y llevar a cabo las reparaciones y actualización necesarias del mismo equipo en las instalaciones y con personal de NAVIGATOR, f) se responsabilizará por los gastos generados por el desmonte del equipo, por solicitud de EL CLIENTE, correrá única y exclusivamente a cargo de este, así como también aquellos provocados por la reinstalación del equipo en el mismo o diferente bien; g) será cubierto por los daños ocasionados a los bienes de su propiedad la instalación o desmonte del sistema por NAVIGATOR siempre y cuando los mismos no se debieran a causas imputables a EL CLIENTE y siempre que hubieran sido reclamados por el cliente al momento de instalar o desmontar el equipo y fuere razonable que dicha actividad fue la causa del daño, h) EL CLIENTE tiene la obligación de dar aviso a NAVIGATOR si es descubierto el lugar de instalación del activo por un tercero y/o personal de EL CLIENTE, en caso contrario NAVIGATOR no se hará responsable por las consecuencias que lo anterior provoque (excesos, daños al equipo, robos, siniestros, entre otros).
TERCERA: V) Otras estipulaciones:
a) EL CLIENTE podrá pedir a NAVIGATOR reportes de rutas y paradas relacionados con el monitoreo de los equipos localizables instalados en sus respectivos activos y/o personas, los que se entregan de acuerdo con la capacidad y memoria que el equipo permita y pueda producir.
b) EL CLIENTE, si lo desea, establecerá contratos de servicio de seguridad directamente con la empresa que elija, para que con ellas se coordine las reacciones en caso de eventos de rescate, auxilio y protección de los bienes y/o personas que cuentan con equipos de ubicación debido avisar a NAVIGATOR por medio escrito, o bien NAVIGATOR podrá recomendar alguna empresa a EL CLIENTE.
c) Sabido y aceptado por EL CLIENTE que NAVIGATOR no es dueña, ni provee la señal del sistema de posicionamiento global (GPS/GPRS, ni otro que existe o exista en el futuro) en ninguna forma, sino como usuario e intermediario de los sistemas y señales que se captan, procesa el programa de monitoreo que se usa con base a esas mismas señales, y que el servicio de monitoreo o seguimiento de los dispositivos, puede interrumpirse y suspenderse, por casusas ajenas y variadas al control, sistemas y equipos de NAVIGATOR, la releva desde ya en forma expresa y voluntaria de toda y cualquier tipo de obligación y responsabilidad para el caso que mismos equipos y dispositivos de ubicación no puedan ser ubicados, rastreados y/o monitoreados por cualquier causa, como los que en forma enunciativa y no limitativa se describen a continuación: cortes de energía eléctrica prolongados, fenómenos atmosféricos o catástrofes naturales, acción humana de sabotaje, delincuencia o terrorismo, negligencia de parte de EL CLIENTE en atender un requerimiento de revisión de equipo, fallas en equipos utilizados por el proveedor de servicio telefónico y/o satelital, causas de fuerza mayor, en general, cualquier causa técnica, natural y/o humana que pueda afectar a los equipos y el servicio que impida su funcionamiento, bloqueo de señal por estructuras solidad, bloqueo o interrupciones de comunicación y ubicación ajenas al posicionamiento global (GPS o cualquier otro usado); uso inadecuado del equipo, daño y/o remoción de baterías o fallas en el sistema eléctrico del bien que da la energía, reparaciones y/o revisiones del equipo por personas no autorizadas por NAVIGATOR; por negativa o negligencia del cliente de atender o de presentarse a la revisión del equipo, cuando se le haga saber, o bien, la revisión anual como mínimo, por programaciones, manipulación eléctrica o de cualquier tipo que terceras personas, ajenas a NAVIGATOR hagan en los dispositivos, por transmisiones en o de frecuencias de terceros que den como resultado el mal funcionamiento del dispositivo; sean estas voluntarias o involuntarias, y cualquier otra causa similar, relacionada o parte de la operación del equipo. Y así, en una forma voluntaria, general, universal, expresa y contractual, las partes crean e incluyen la siguiente clausula penal, que cubre todo y cualquier cobro, daño y/o perjurio imputable o deducible a NAVIGATOR por este contrato, aun por orden o sentencia de tribunal, en una multa por monto total y único por valor de tres mensualidades del servicio que EL CLIENTE contrata, quedando así, exenta y cumplida su responsabilidad. Es obligación expresa de EL CLIENTE de indicar el nombre completo, numero de documento de identificación, teléfono y correo electrónico de la o las personas que serán el contacto directo entre NAVIGATOR y EL CLIENTE en caso de algún evento que requiera aviso o localización urgente o necesaria de los equipos según lo descrito en el Anexo “C”; debiendo así mantener dicho listado actualizado e informar la baja de alguno de los indicados y el ingreso de algún otro.
CUARTA. NAVIGATOR puede suspender, sin responsabilidad de su parte, el servicio de monitoreo, si el cliente se atrasa en el pago puntual pactado de acuerdo al Anexo “A”, además de cualquier violación de este contrato por parte de EL CLIENTE.
QUINTA. Este contrato terminara por incumplimiento a la ley y a cualquier pacto, obligación, condición y/o estipulación de este contrato, sus modificaciones y/o ampliaciones. Cualquiera de las partes podrá dar por terminado el presente contrato dando un aviso anticipado a la otra parte por escrito con treinta días calendario antes de la fecha de terminación deseada. Si EL CLIENTE quien requiere su terminación, deberá pagar a NAVIGATOR las cuotas o los meses de servicio pendientes y que hagan falta para completar el plazo del contrato, y en su caso, NAVIGATOR no está obligada a reintegrarle a EL CLIENTE pago y/o anticipos que hubiera efectuado por concepto de servicio.
SEXTA. EL CLIENTE no puede ceder, negociar ni disponer de los derechos de este contrato, sin aviso ni autorización previa de NAVIGATOR debiendo en caso de y para dicha cesión o enajenación se aplican todas las renuncias, requisitos y estipulaciones aplicables al presente contrato.
SEPTIMA. Este contrato y la información que intercambien los otorgantes, del tipo que sea, se considera confidencial. Por lo anterior, los otorgantes no pueden directa o indirectamente divulgar, revelar, copiar, almacenar, publicar, retener o de cualquier manera hacer del conocimiento de cualquiera, sin previa autorización por escrito de la otra parte, la información dada y recibida para este contrato y relación. Se entenderá por información confidencial toda la información que en virtud de este contrato obtengan y desarrollen LAS PARTES, ya se impresa, en medios electrónicos, magnéticos u ópticos, o mediante cualquier otro medio ahora existente o que exista en el futuro. No obstante, la vigencia del presente contrato, la confidencialidad subsistirá de la relación contractual en forma indefinida.
OCTAVA. El presente contrato podrá ser aclarado, modificado, ampliado de común acuerdo entre LAS PARTES, mediante la incorporación de Anexos. Los documentos que se anexen al presente contrato deberán ser firmados por las partes, y los mismos pasarán a formar parte integral de este instrumento.
NOVENA. Leído íntegramente lo escrito por los mismos otorgantes, y en las calidades en que actuamos manifestamos que en los términos estipulados aceptamos y ratificamos cada una de las condiciones de este contrato, y como expresión de nuestro total consentimiento al contenido del mismo, lo firmamos en el lugar y fecha señalados al inicio.
Autorizo voluntariamente que la información recopilada y/o proporcionada por entidades públicas o privadas y la generada de relaciones contractuales, crediticias o comerciales, sea reportada a centrales de riesgo o burós de crédito para ser trasladada, almacenada o transferida y autorizo expresamente a las entidades que prestan servicios de información, centrales de riesgo y buros de crédito a recopilar, difundir o comercializar reportes o estudios que contengan información sobre mi persona.